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Cronograma de vencimientos de obligaciones tributarias 2020

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Debido a la ampliación del Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional y al aislamiento social obligatorio, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) a decido postergar el pago de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio por parte de los contribuyentes.

El pago de los tributos correspondientes a dichos meses ahora se efectuarán entre los meses de junio y agosto con la finalidad de reducir el gran impacto económico generado por la paralización de actividades a causa del COVID-19.

Esta nueva medida, correspondiente a la Resolución de Superintendencia N° 075-2020/SUNAT publicada en el Diario Oficial «El Peruano», busca otorgar a los contribuyentes un mayor alivio tributario y liquidez. Si deseas conocer el nuevo cronograma, continua leyendo.

¿A quienes beneficia esta nueva medida?

El 99.5% de la empresas y las personas naturales son los principales beneficiados de esta norma impuesta por el SUNAT. Siempre y cuando el ingreso neto de estos contribuyentes en el año 2019 no superen la cantidad de 5,000 UIT (21millones de Soles).

¿Cuál es el nuevo cronograma de vencimientos de declaraciones y pagos tributario mensuales 2020?

El siguiente cronograma, que abarca los meses comprendidos entre marzo y junio, está dirigido a aquellos contribuyentes que hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 5,000 UIT. El día de presentación en cada mes estará sujeto al último dígito del RUC del contribuyente. Así tenemos que:

Período Marzo 2020

Si el RUC termina en 0: corresponde el día 12 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 1: corresponde el día 15 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 2 y 3: corresponde el día 16 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 4 y 5: corresponde el día 17 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 6 y 7: corresponde el día 18 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 8 y 9: corresponde el día 19 de junio de 2020.

Buenos contribuyentes (0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9): corresponde el día 22 de junio de 2020.

Período Abril 2020

Si el RUC termina en 0: corresponde el día 3 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 1: corresponde el día 6 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 2 y 3: corresponde el día 7 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 4 y 5: corresponde el día 8 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 6 y 7: corresponde el día 9 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 8 y 9: corresponde el día 10 de julio de 2020.

Buenos contribuyentes (0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9): corresponde el día 13 de julio de 2020.

Período Mayo 2020

Si el RUC termina en 0: corresponde el día 14 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 1: corresponde el día 15 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 2 y 3: corresponde el día 16 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 4 y 5: corresponde el día 17 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 6 y 7: corresponde el día 20 de julio de 2020.

Si el RUC termina en 8 y 9: corresponde el día 21 de julio de 2020.

Buenos contribuyentes (0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9): corresponde el día 22 de julio de 2020.

Período Junio 2020

Si el RUC termina en 0: corresponde el día 5 de agosto de 2020.

Si el RUC termina en 1: corresponde el día 6 de agosto de 2020.

Si el RUC termina en 2 y 3: corresponde el día 7 de agosto de 2020.

Si el RUC termina en 4 y 5: corresponde el día 10 de agosto de 2020.

Si el RUC termina en 6 y 7: corresponde el día 11 de agosto de 2020.

Si el RUC termina en 8 y 9: corresponde el día 12 de agosto de 2020.

Buenos contribuyentes (0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9): corresponde el día 13 de agosto de 2020.

Ahora bien, en el caso del período de Febrero 2020, éste solamente está dirigido para aquellos contribuyentes que hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2,300 UIT. De esta forma el cronograma está organizado de la siguiente manera:

Período Febrero 2020

Si el RUC termina en 1: corresponde el día 04 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 2 y 3: corresponde el día 05 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 4 y 5: corresponde el día 08 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 6 y 7: corresponde el día 09 de junio de 2020.

Si el RUC termina en 8 y 9: corresponde el día 10 de junio de 2020.

Buenos contribuyentes (0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9): corresponde el día 11 de junio de 2020.

¿Cómo consultar el cronograma de pagos personalizados SUNAT?

Para asesorarte en cuanto a tu cronograma de pagos de manera personalizada tan solo debes seguir estos sencillos pasos:

 

 

  • Dirigete a la ventana «Vencimientos del período 2020» y haz clic en «ver calendario completo».

 

 

  • En el recuadro «Índice», ubicado al lado derecho de la pantalla, haz clic en la opción «Cronograma de Obligaciones Mensuales».
  • Accede a la opción «Reporte personalizado».
  • Ingresa tu número de RUC, has clic en «Consultar» ¡Y listo! Podrás acceder a un reporte con las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias correspondientes a tu RUC.

¿Qué otros obligaciones tributarias serán postergados con esta nueva medida?

La nueva medida tomada por el SUNAT para ayudar a los contribuyentes en sus obligaciones tributarias también ha ocasionado la postergación de las fechas limites del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónicos, así como otros registros vinculados a asuntos tributarios.

Para consultar el nuevo cronograma para el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras electrónicas 2020 puedes hacerlo descargando el siguiente archivo PDF:

 




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